jueves, 10 de marzo de 2011

Leyenda y el Hábeas corpus

Por: Julio Torres

La figura jurídica que garantiza la libertad personal con el fin de evitar detenciones arbitrarias se denominó como “Hábeas Corpus” y el primer documento que se conoce data del año 1215.

El termino hábeas corpus se remonta a la antigüedad cuando una persona era privada de su libertad sin justificación, la significación que se le daba era “Traedme el cuerpo” o hábeas corpus.

Durante mucho tiempo se discutió este asunto ya que los procesos aunque públicos, eran controlados por el monarca, hasta que se llego a la decisión de elaborar la “carta magna libertatum.”

En el año de 1305 aparece el primer registro de uso de este recurso contra una autoridad durante el reinado de Eduardo I de Inglaterra, cuando se le exigió rindiera cuentas sobre la libertad restringida de un sujeto.

En el derecho histórico español se le denominó, “recurso de manifestación de personas” del reino de Aragón, en el año de 1428, y las referencias sobre presuntas detenciones ilegales se encuentran en el “fuero de Vizcaya del año 1527.

La institución del hábeas corpus, estaba contemplada como una forma de evitar injusticias, cometidas por los señores feudales contra sus súbditos, esto aparece en el acta hábeas corpus del año 1679 en la ley inglesa.

Para no ser objeto de detenciones arbitrarias, y conservar la integridad personal, y no ser objeto de daños en su persona, ya sean lesiones tortura o muerte, fue creada la figura hábeas corpus.

Tiene por objeto el reponer las cosas al estado anterior a la privación, perturbación o amenaza de sus derechos, por lo cual tiene un carácter sumario, para evitar que la violación se tome como irreparable.

Muchas organizaciones promueven el derecho al acceso al hábeas corpus mundial, como parte fundamental de los derechos humanos.

Amnistía Internacional en una de esas organizaciones, y pretende que para garantizar efectividad de un hábeas corpus mundial, es imprescindible la existencia de un tribunal internacional que vigile su cumplimiento.

En México se instituyó en el año 1840 en la llamada constitución yucateca, por el abogado Manuel Crescencio Rejón, lo que se denominó como “juicio de amparo” y que sigue vigente.

En Latinoamérica ha ocurrido lo mismo, en Perú por ejemplo, en la constitución de 1920 consagró el hábeas corpus, señalado como recurso que se ha perfeccionado constantemente.

Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y yo diría que toda Latinoamérica ha plasmado en sus constituciones políticas, el principio del hábeas corpus, es posible desde luego que su aplicación no sea óptima a la fecha, pero algún día lo será.

Muchos años y muchas vidas ha costado aplicar los principios de protección de los ciudadanos, que muchas veces parece cosa de leyenda, sin embargo, creo que ya estamos cerca de lograrlo.

El principio del hábeas corpus, debe cumplirse en toda su magnitud por el bien de la humanidad, por su derecho a la libertad.

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